jueves, 8 de septiembre de 2011

Sustituir Serenazgo medieval por nueva Policía Urbana

      
                        La Lima de Hoy, ni la sombra de la de 1940
El día Lunes 5S por la noche, en pleno corazón financiero de San Isidro, una empresaria con tres meses de gestación fue asaltada por tres hampones, que la secuestraron, le arrebataron primero S/.30,000, luego como en casa se  la llevaron hasta San Martín de Porres, donde la obligaron a retirar S/.36,000 más, no conformes la llevaron a una vivienda donde la violaron los malditos  y luego la abandonaron en una desolada calle en la peligrosa zona de Los Barracones, en el Callao. ¿Y la Policía y el Serenazgo?.
Así, de esta manera y mientras el crimen y la delincuencia campea y asola nuestras ciudades victimizando a ciudadanos indefensos, a nuestra policía, jueces y fiscales, no les inmuta “el desafío del cambio”, las nuevas tecnologías, ni el futuro;  los unos como sonámbulos deambulan por las calles y los otros por los pasillos de la judicatura como si nada hubiese cambiado desde hace cincuenta años  y como si nada hubiese de cambiar jamás; a los gobiernos y a los políticos que se suceden tras escándalos, cada cinco años, al parecer tampoco les interesa el futuro y prefieren dejar las cosas como hace 200 años y para colmo, con ínfulas cacasenas anuncian su retorno.  A la pollina prensa amarilla solo le importa el interés de pocos,  a los serviles  plumíferos  el refile, la sangre y el escándalo para vestir titulares y cobrar, llenar alforjas y de paso socavar políticamente al régimen de turno.
Hoy en el mundo, en este mismo momento, la evolución  tecnológica,  cultural y social, es extraordinariamente rápida, es por ello, que necesitamos un patrón que nos permita comparar procesos sumamente diversos, y ese patrón, es el tiempo. Sin el tiempo, el cambio nada significa. El tiempo puede concebirse como los intervalos durante los cuales ocurren los acontecimientos; así durante las últimas cinco décadas hemos sido testigos de la urbanización expansiva de nuestras ciudades. Lima que en 1940 según el INEI tenía 849.171 pobladores (12.1%), hoy en el 2011 cuenta con más de 9 millones de habitantes, el 30% de la población del Perú; sin  embargo y en cuanto a las instituciones encargadas de la seguridad vecinal o ciudadana, estas aún siguen  inspiradas en rezagos valorativos de la edad media y del siglo XIX.

Aprender a convivir en la ciudad

Concluida la primera década del siglo XXI en un marco de auspicioso crecimiento económico y  luego de transitar dos de violencia subversiva y de dictadura, los peruanos y el Perú se han puesto de cara al futuro, en el presente, nadie añora los apagones, menos “los coche bomba”, tampoco la dictadura ladrona y asesina, es más, nadie desea “la frustración” de una nueva oportunidad perdida.
El Perú de hoy apostó por “el cambio y la esperanza” por la equidad, por la inclusión social y por ser un referente del desarrollo en la región; lamentablemente la corrupción pública de policías, jueces y fiscales, la delincuencia, el crimen organizado y fuerzas extrañas conspiran y amenazan con lastrar las esperanzas de cambio de nuestra sociedad, estamos seguros que el pueblo honesto ya se puso de pie para impedirlo.
No obstante, sentimos que el miedo por la indefensión invade como una sombra oscura a nuestra sociedad y que la improvisación gubernamental en todos sus niveles, es la mejor aliada de la inseguridad en la ciudad y en el país, en especial, porque los ciudadanos no creen en la policía y en los responsables de administrar justicia.

Entendemos que la seguridad ciudadana y la convivencia en los espacios públicos, no es fácil, se requieren normas y pautas mínimas a fin de que sean posibles. Lamentablemente hay indiferencia y corrupción en los municipios, no hay, en los dos mil existentes, distritales y provinciales en el Perú, uno que haya sido capaz de inspirar y decretar una ordenanza de civismo, de rendición de cuentas, de participación de la ciudadanía organizada, menos de transparencia y de acceso a la información pública y los espacios de concertación son letra muerta.
No hay señales en la administración pública, en especial de los alcaldes que ejercen el poder del estado, en las prácticas de la mediación, más que la regulación,  en  la negociación más que la sanción. Y evitar contribuir a estigmatizar por su aspecto a los jóvenes presentes en el espacio público, confundiendo frecuentemente comportamientos expresivos más o menos discutibles con delitos o faltas que requieren sanción inmediata, por su dejadez o ineptitud.
Finalmente,  debemos señalar los comportamientos que se refieren a la preservación del hipócrita contexto visual. ¿Los que piden limosna, los sin hogar, las prostitutas, los niños de la calle, los que distribuyen publicidad o limpian el parabrisas del auto, los recicladores, que al igual que los gallinazos coloniales y republicanos y que operan a la sombra de la noche limeña, etcétera, ¿son realmente una causa de inseguridad? ¿La pobreza, la marginalidad, la exclusión social dan miedo?. Reconocer que no somos el espectro de una sociedad consumista o de bienestar y aceptar sin vergüenza, que no resulta agradable convivir en el espacio público con las expresiones, normalmente extremas, de quienes han quedado fuera del circuito del consumo formal de una ciudadanía y que las administraciones consideran más usuarios, clientes y electores que ciudadanos. La forma más indigna de tratar a esta población excluida es considerarlos colectivamente como un peligro potencial o una agresión a nuestra sensibilidad, estigmatizarlos. Hay otras formas de actuar, las políticas de protección y de integración, indudablemente, y las preventivas en muchos casos. Pero también la tolerancia, la aceptación de su existencia, la madurez democrática de no tener miedo, de mostrar nuestras faltas, las víctimas de nuestro modelo de sociedad. Es el verdadero civismo" y es por eso que debemos de cambiar.
El “Sereno” en el escenario de la historia

El Sereno como servidor de los “burgos” o urbes apareció en  Europa medieval, como respuesta a las necesidades de seguridad de los comerciantes emergentes y vecinos de la época, vigilante recorría infatigablemente las calles amuralladas anunciando con su proclama los peligros públicos y otras noticias de interés vecinal.
En el siglo XVI el Virrey Hurtado de Mendoza, llamado también el Márquez de Cañete creo el servicio de Serenazgo en el Perú, a semejanza del que existía en España y otros países de Europa, debido a que los efectivos de la Guardia del Virrey por escasez de presupuesto no cubrían las vacantes requeridas para velar el Orden Interno y la Seguridad del ciudadano, quedando bajo las órdenes de la guardia del Virrey, apoyando en la seguridad y percibiendo sus haberes por parte del Cabildo, lo que en la actualidad son los Gobiernos Locales o municipios.
La Institución del Serenazgo tenía como funciones principales a cumplir: el cuidado del vecindario, el mantenimiento del orden, la solución de pleitos vecinales, el suministro de agua potable, efectuar rondas nocturnas, detención de vagos y delincuentes, prender y apagar los faroles que alumbraban las calles, anunciar a viva voz el discurrir de las horas nocturnas y acontecimientos como incendios, robos, inundaciones y otras emergencias.
En el año 1805, fue creado en la ciudad de Lima un Cuerpo de Policía de Seguridad cuyos integrantes se denominaron "Serenos", nombre a semejanza del usado en tiempos virreinales, encargados de velar por el bienestar de la población y durante los primeros años de la República todavía se encontró a los Serenos con la responsabilidad del mantenimiento del orden.
En mayo de 1842, la prefectura realizó una licitación para brindar servicio de Serenazgo, con la condición que los tributos por este rubro no fuesen tan elevados.
En el siglo XX, el 26 de Abril de 1958 la Municipalidad de San Isidro, ubicada en los extra-muros de la ciudad amurallada,  promulgó un Decreto de Alcaldía, para el cobro de Arbitrio de Serenazgo, llamado en ese entonces “Cuerpo Municipal de Patrulla”, siendo ratificado por el Concejo Provincial de Lima el 20 de Noviembre del mismo año. Por diversos motivos ese Arbitrio fue suspendido en el año de 1964.
El 13 de Diciembre de 1990 la Municipalidad de San Isidro, dispone el reinicio de las cobranzas del arbitrio de Serenazgo, considerando que es deber del Municipio fomentar el bienestar de los vecinos, para lo cual señala la necesidad de reforzar la acción de la Policía Nacional con este nuevo servicio.
Este relanzamiento del servicio por parte de la comuna de San Isidro, fue imitado por la Municipalidad de Miraflores con el entonces alcalde Alberto Andrade, luego del cual muchos municipios continuaron con el ejemplo.
A manera de Conclusión y Propuesta de una Policía Urbana
El espacio local, en el que se desenvuelven nuestros municipios, como territorio ecológico geográfico y económico productivo, como espacio de interacción de actores sociales e institucionales y como instancia de gobierno y construcción social del desarrollo, son la dimensión social más adecuada, porque en él se tornan concretos, accesibles y operables las diversas dimensiones en su articulación y sinergia generadoras del desarrollo humano; consiguientemente resulta propicio desmontar las viejas armazones mentales de un serenazgo medieval y colonial y dotar a nuestras ciudades de una “policía urbana”

También se debe  precisar  la necesidad  de una nueva cultura municipal y policial solidaria, que fomente la implicación y la colaboración ciudadana, que haga al ciudadano más protagonista de su propia protección, y establecer marcos de diálogo y comunicación más estrechos entre las fuerzas de seguridad y los ciudadanos, que propicien un mayor cauce de información de indicios o sospechas. La lucha contra la delincuencia tiene como hemos visto, componentes esenciales que van más allá de la acción policial o judicial. En este sentido, es necesario implicar más a las administraciones, especialmente a las locales, en políticas integrales de seguridad que incluyen aspectos tan diversos como protección social y comunitaria ante la ola de asaltos y robos a viviendas, urbanismo, educación o iniciativas de ocio alternativo para los jóvenes, preservación de espacios públicos, parques y plazas, para impedir que sean tomados por drogadictos y jóvenes alcohólicos, turismo entre otros muchos aspectos. Para ello es esencial que los alcaldes asuman la seguridad ciudadana como una responsabilidad fundamental para garantizar la convivencia y la calidad de vida en sus ciudades.

Esta especial complejidad de la seguridad en el ámbito urbano tiene su máxima expresión en el fenómeno emergente de las grandes ciudades. Así, la creciente colaboración entre Fuerzas de Seguridad del Estado y Policías Locales podría avanzar en el futuro hacia una mayor integración operativa de Policía Nacional y Policía Local en las grandes capitales bajo la autoridad funcional de los alcaldes.

La Seguridad Ciudadana y el Marco Constitucional y Legal

La responsabilidad del Estado en cuanto a  las políticas sociales y en particular, la de la seguridad ciudadana, consisten en asegurar a todos los miembros de la comunidad unos niveles mínimos determinados y ciertas oportunidades”. En este sentido la Constitución Política en su artículo 166° señala: La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia.
El Artículo 195° de Texto Constitucional Reformado, establece que: Los gobiernos locales tienen competencia para...”organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad”. El Artículo 197°señala: “Las municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley”.
La Ley 27972 Ley Orgánica de municipalidades. Art.85: Las municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana.
La Ley 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional. Artículo 70°: La Policía Nacional garantiza la seguridad ciudadana. Capacita a la comunidad en esta materia. DS 008-IN que instituye su Reglamento. Artículo 9° (4): La Policía Nacional organiza y capacita a la comunidad en seguridad ciudadana.
La Ley 27933 -  Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
El DS. 105-2,002-PCM, del 17 OCT 2002,  institucionaliza al Foro del Acuerdo Nacional.
La RS 0965, de OCT- 2001, que crea la Comisión Especial de Reestructuración de la Policía Nacional.
La RS. No. 0120-2002-IN 17 Marzo 2003 que designa a los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
MARCO CONCEPTUAL  DE LA SEGURIDAD CIUDADANA
La Seguridad Ciudadana en sentido amplio es una situación social en la que no existen riesgos o peligros para los ciudadanos; es decir, que éstos pueden ejercitar libremente sus derechos y libertades sin que exista obstáculo para ello.
La Seguridad Ciudadana, para efectos de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacio público. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas.
En otros términos, la Seguridad Ciudadana, es el conjunto de medidas y previsiones que adopta el Estado, a través de sus instituciones y de la comunidad organizada, dentro del marco de la Ley y los derechos humanos, con la finalidad que las personas puedan desarrollar sus actividades libres de riesgos y amenazas que genera la criminalidad y delincuencia.

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